El Servicio de Administración Tributaria de México (SAT) publicó nuevos ajustes a la versión 3.0 del complemento Carta Porte en su portal institucional.
Factupronto®
El pasado 20 de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la versión 3.0 del Complemento Carta Porte.
Se trata de una actualización que incluye nuevos campos a llenar y validaciones de la información que debe reportarse a la autoridad fiscal, en materia de traslado de mercancías y de bienes.
Si bien, estos nuevos requisitos aplican para todos los contribuyentes, tiene especial dedicatoria para comercio exterior y farmacéuticas.
Sobre todo, porque en esos sectores pueden existir “situaciones de riesgo” con brechas de incumplimiento en la información que se proporciona al SAT.
La Carta Porte, con esta nueva versión nuevamente cobra mayor relevancia, porque ayudará a dar trazabilidad exacta de los movimientos de mercancías, cuál es su estatus y por qué se realiza.
Así, este complemento de CFDI y el resto de los comprobantes digitales, se convierten en un instrumento poderoso para la autoridad fiscal con los cuales podrá identificar quiénes cumplen y quiénes no.
De acuerdo con datos del SAT, se estima que 400 mil contribuyentes en México están obligados a emitir la Carta Porte; de los cuales hasta ahora sólo 99 mil están cumpliendo.
Principales cambios carta porte
La reciente versión del complemento Carta Porte sustituye a la versión 2.0, y trae consigo cambios significativos en los campos y datos que solicita su correcto llenado, así como la incorporación de nuevos elementos al complemento impreso.
Aquí te presentamos los más relevantes.
Incorporación de los campos:
- IdCCP
- Régimen Aduanero, como validación adicional para informar el tipo de régimen asociado al traslado de mercancías de procedencia extranjera.
- Registro ISTMO, para el traslado de bienes y/o mercancías en el istmo de Tehuantepec.
- Ubicación Polo Origen, para registrar la región en donde inicia el traslado de los bienes o mercancías; sólo cuando Registro ISTMO esté activo.
- Ubicación Polo Destino, para registrar la región en donde termina el traslado de los bienes o mercancías; sólo cuando Registro ISTMO esté activo.
En la Sección Mercancías, se incorpora el campo Logística Inversa/ Recolección/ Devolución y se agregan 20 atributos, para detallar los bienes o mercancías trasladados y relacionados a medicamentos, sustancias tóxicas o estupefacientes.
Estos atributos, se agregan en relación con operaciones del Sector COFEPRIS.
Operaciones de Comercio Exterior
Para operaciones de Comercio Exterior, se agregan los siguientes campos:
- Documentacion Aduanera
- Se sustituye la sección de Pedimento por la sección de Documentación Aduanera y se incorporan sus respectivos campos:
- Tipo Documento
- Num Pedimento
- Ident Doc Aduanero
- RFC Impo
Con estos datos, se pretende registrar la información de los documentos aduaneros que se encuentren asociados al traslado de mercancías provenientes del extranjero.
Sección Autotransporte
Con la Carta Porte 3.0, los datos relacionados al traslado de mercancías a través de auto transportes:
- Se ajusta la descripción de los campos: Perm SCT y Num Perm SCT
- También el elemento Identificación Vehicular se incorpora un nuevo campo:
- Peso Bruto Vehicular: el nuevo atributo deberá indicar en toneladas el peso bruto vehicular permitido para auto transportes, basados en lo indicado en la NOM-SCT-012-2017.
- Además, en la sección Seguros se ajusta la descripción de los campos: Asegura Med Ambiente y Poliza Med Ambiente.
- Se agregan atributos o se complementan las descripciones para las secciones de transporte marítimo y aéreo.
- Incorporación de 7 nuevos Catálogos:
- c_Regimen Aduanero
- c_RegistroISTMO
- c_Sector COFEPRIS
- c_Forma Farmaceutica
- c_Condiciones Especiales
- c_Tipo Materia
- c_Documento Aduanero
A recordar
Es en complemento será utilizado por las empresas o personas que prestan sus servicios de transporte de mercancías o bienes dentro del territorio mexicano.
Actualmente se está utilizando la versión 2.0 de este documento, pero pronto entrará en vigor la versión 3.0, por lo que todos deberán realizar el trámite necesario para contar con este requisito al momento de facturar.
¡Se el primero en comentar y compartir tu opinión con nosotros!